Tracker del plazo de depósito para constructoras y promotoras: El plazo exacto para depositar las cuentas anuales: 1 mes desde la aprobación de la junta (art. 279 LSC). Si tu ejercicio es natural, deadline suele cerrarse el 30 de julio. La constructora cierra cuentas cuando cobra certificaciones y la junta se retrasa a enero: el depósito del ejercicio anterior cae en pleno inicio de obra nueva.
CuentasListo calcula la fecha límite de depósito de las cuentas anuales a partir de la fecha de aprobación de la junta general. El art. 279 de la Ley de Sociedades de Capital fija el plazo en el mes siguiente a esa aprobación, sin excepciones por tamaño o sector. Si el ejercicio coincide con el año natural, la junta aprueba antes del 30 de junio y el depósito vence en torno al 30 de julio. CuentasListo aplica ese plazo a cada sociedad que das de alta y cuenta los días restantes, para que sepas cuándo vence sin mirar el BOE ni el calendario del Registro Mercantil.
En constructoras y promotoras, La constructora promueve obra y cierra las cuentas cuando cobra las certificaciones, no cuando acaba el año. La junta se retrasa a enero o febrero y el depósito del ejercicio anterior cae en pleno inicio de obra nueva, cuando el jefe de obra no tiene hueco para el Registro Mercantil. Una promotora con varias obras vivas acumula depósitos atrasados sin darse cuenta. El flujo del sector es cierre contable tras certificaciones → junta socios (ene-feb) → depósito telemático en el Registro Mercantil → acuse de recibo archivado en obra. Con CuentasListo, aplica el plazo del art. 279 lsc: 1 mes desde la junta, sin excepciones.
cierre contable tras certificaciones → junta socios (ene-feb) → depósito telemático en el Registro Mercantil → acuse de recibo archivado en obra. CuentasListo inserta tracker del plazo de depósito en ese flujo: