Tracker del plazo de depósito para clínicas y sanidad privada: El plazo exacto para depositar las cuentas anuales: 1 mes desde la aprobación de la junta (art. 279 LSC). Si tu ejercicio es natural, deadline suele cerrarse el 30 de julio. La clínica SL prioriza el cumplimiento sanitario y colegial y el depósito mercantil pasa inadvertido: el ICAC sanciona igual, con multa que merma el margen asistencial.
CuentasListo calcula la fecha límite de depósito de las cuentas anuales a partir de la fecha de aprobación de la junta general. El art. 279 de la Ley de Sociedades de Capital fija el plazo en el mes siguiente a esa aprobación, sin excepciones por tamaño o sector. Si el ejercicio coincide con el año natural, la junta aprueba antes del 30 de junio y el depósito vence en torno al 30 de julio. CuentasListo aplica ese plazo a cada sociedad que das de alta y cuenta los días restantes, para que sepas cuándo vence sin mirar el BOE ni el calendario del Registro Mercantil.
En clínicas y sanidad privada, La clínica SL sanitaria prioriza el cumplimiento de la Ley 41/2002 (autonomía del paciente), los plazos colegiales y la auditoría sanitaria; el depósito mercantil del ejercicio pasa inadvertido entre la calidad asistencial y la colegiación. El ICAC no entiende de cumplimiento sanitario y sanciona igual, con multa que merma el margen de la clínica. El flujo del sector es cierre contable → auditoría sanitaria + colegial → junta socios → depósito telemático en el Registro Mercantil → acuse de recibo. Con CuentasListo, aplica el plazo del art. 279 lsc: 1 mes desde la junta, sin excepciones.
cierre contable → auditoría sanitaria + colegial → junta socios → depósito telemático en el Registro Mercantil → acuse de recibo. CuentasListo inserta tracker del plazo de depósito en ese flujo: