Tracker del plazo de depósito para hostelería y restauración: El plazo exacto para depositar las cuentas anuales: 1 mes desde la aprobación de la junta (art. 279 LSC). Si tu ejercicio es natural, deadline suele cerrarse el 30 de julio. La hostelería cierra la temporada en septiembre y la junta se retrasa a octubre: el plazo de depósito vence en noviembre, en plena campaña de Navidad, y se pasa.
CuentasListo calcula la fecha límite de depósito de las cuentas anuales a partir de la fecha de aprobación de la junta general. El art. 279 de la Ley de Sociedades de Capital fija el plazo en el mes siguiente a esa aprobación, sin excepciones por tamaño o sector. Si el ejercicio coincide con el año natural, la junta aprueba antes del 30 de junio y el depósito vence en torno al 30 de julio. CuentasListo aplica ese plazo a cada sociedad que das de alta y cuenta los días restantes, para que sepas cuándo vence sin mirar el BOE ni el calendario del Registro Mercantil.
En hostelería y restauración, La hostelería cierra la temporada alta en septiembre y la contabilidad se retrasa al no haber hueco entre servicio y servicio; la junta aprueba las cuentas en octubre y el plazo del art. 279 LSC vence en noviembre, en plena campaña de Navidad, cuando el responsable no tiene hueco para el Registro Mercantil. El ICAC incoa expediente cuando el local prepara las reservas de fin de año. El flujo del sector es cierre temporada (sep) → contabilidad post-temporada → junta socios (oct) → depósito telemático (nov, campaña Navidad) → acuse de recibo. Con CuentasListo, aplica el plazo del art. 279 lsc: 1 mes desde la junta, sin excepciones.
cierre temporada (sep) → contabilidad post-temporada → junta socios (oct) → depósito telemático (nov, campaña Navidad) → acuse de recibo. CuentasListo inserta tracker del plazo de depósito en ese flujo: