Tracker del plazo de depósito para sociedades en liquidación: El plazo exacto para depositar las cuentas anuales: 1 mes desde la aprobación de la junta (art. 279 LSC). Si tu ejercicio es natural, deadline suele cerrarse el 30 de julio. La extinción de una SL no cierra hasta depositar las cuentas de los últimos ejercicios y la cuenta final de liquidación: el liquidador debe cerrar antes de extinguir.
CuentasListo calcula la fecha límite de depósito de las cuentas anuales a partir de la fecha de aprobación de la junta general. El art. 279 de la Ley de Sociedades de Capital fija el plazo en el mes siguiente a esa aprobación, sin excepciones por tamaño o sector. Si el ejercicio coincide con el año natural, la junta aprueba antes del 30 de junio y el depósito vence en torno al 30 de julio. CuentasListo aplica ese plazo a cada sociedad que das de alta y cuenta los días restantes, para que sepas cuándo vence sin mirar el BOE ni el calendario del Registro Mercantil.
La extinción de la SL no cierra hasta depositar las cuentas de los últimos ejercicios y la cuenta final de liquidación. El liquidador debe depositar los ejercicios pendientes antes de cancelar los asientos registrales y extinguir la sociedad. La extinción exige depositar las cuentas de los últimos ejercicios y la cuenta final de liquidación. El liquidador debe depositar los ejercicios pendientes antes de cancelar los asientos registrales. Sin historial de los ejercicios pendientes, la liquidación se eterniza. CuentasListo trackea ese plazo de depósito (art. 279 LSC) y te avisa antes del vencimiento.