Alertas 30/15/5/1 día para sociedades en liquidación: Avisos por email a 30, 15, 5 y 1 día antes del vencimiento del plazo de depósito, para que no se te pase y el ICAC te sancione. La extinción de una SL no cierra hasta depositar las cuentas de los últimos ejercicios y la cuenta final de liquidación: el liquidador debe cerrar antes de extinguir.
CuentasListo vigila el plazo de depósito de cada sociedad y te envía alertas por email (vía Resend) a 30, 15, 5 y 1 día antes del vencimiento. El ICAC no avisa de que se acaba tu plazo: la DGRN traslada la lista anual de incumplidoras y el expediente llega solo. Las alertas automáticas son la función que convierte un plazo fácil de olvidar en un recordatorio a tiempo, sobre todo cuando llevas varias sociedades con juntas en meses distintos. Sin el aviso, lo habitual es enterarse del expediente cuando el plazo ya ha caducado.
La extinción de la SL no cierra hasta depositar las cuentas de los últimos ejercicios y la cuenta final de liquidación. El liquidador debe depositar los ejercicios pendientes antes de cancelar los asientos registrales y extinguir la sociedad. La extinción exige depositar las cuentas de los últimos ejercicios y la cuenta final de liquidación. El liquidador debe depositar los ejercicios pendientes antes de cancelar los asientos registrales. Sin historial de los ejercicios pendientes, la liquidación se eterniza. CuentasListo trackea ese plazo de depósito (art. 279 LSC) y te avisa antes del vencimiento.