Guía del depósito telemático para sociedades en liquidación: Te decimos cómo depositar las cuentas en la sede del Registro Mercantil: programa D2, certificado digital, certificación de la junta y acuse de recibo. La extinción de una SL no cierra hasta depositar las cuentas de los últimos ejercicios y la cuenta final de liquidación: el liquidador debe cerrar antes de extinguir.
CuentasListo te guía paso a paso por el depósito telemático de las cuentas anuales en la sede electrónica del Registro Mercantil. Las cuentas se generan con el programa D2 del Colegio de Registradores, se acompañan de la certificación de aprobación de la junta con la huella digital y se presentan con certificado digital del presentante. CuentasListo te lista qué documento preparar, a qué sede ir y qué justificante conservar, para que presentes el envío sin adivinar y sin que te rechacen el depósito por un documento que falta.
La extinción de la SL no cierra hasta depositar las cuentas de los últimos ejercicios y la cuenta final de liquidación. El liquidador debe depositar los ejercicios pendientes antes de cancelar los asientos registrales y extinguir la sociedad. La extinción exige depositar las cuentas de los últimos ejercicios y la cuenta final de liquidación. El liquidador debe depositar los ejercicios pendientes antes de cancelar los asientos registrales. Sin historial de los ejercicios pendientes, la liquidación se eterniza. CuentasListo trackea ese plazo de depósito (art. 279 LSC) y te avisa antes del vencimiento.