🔔 Alertas 30/15/5/1 día

Alertas 30/15/5/1 día para acumulación de años sin depositar

Alertas 30/15/5/1 día para acumulación de años sin depositar: Avisos por email a 30, 15, 5 y 1 día antes del vencimiento del plazo de depósito, para que no se te pase y el ICAC te sancione. El admin con 2-3 años sin depositar ve crecer la multa del art. 283 LSC por cada año de retraso: 60.000 € base se vuelven 120.000 € o más al acumular.

CuentasListo vigila el plazo de depósito de cada sociedad y te envía alertas por email (vía Resend) a 30, 15, 5 y 1 día antes del vencimiento. El ICAC no avisa de que se acaba tu plazo: la DGRN traslada la lista anual de incumplidoras y el expediente llega solo. Las alertas automáticas son la función que convierte un plazo fácil de olvidar en un recordatorio a tiempo, sobre todo cuando llevas varias sociedades con juntas en meses distintos. Sin el aviso, lo habitual es enterarse del expediente cuando el plazo ya ha caducado.

La multa del art. 283 LSC escala por año de retraso: 60.000 € base se pueden volver 120.000 € o 180.000 € al acumular años. El admin con años atrasados no sabe cuánto se juega ni cuándo llegará el expediente del ICAC. La multa del art. 283 LSC escala por año de retraso, hasta 300.000 € si facturas >6 M€. El ICAC incoa expediente desde la lista anual de incumplidoras, sin avisar antes. Depositar los años atrasados de golpe requiere un historial que los ordene por ejercicio. CuentasListo trackea ese plazo de depósito (art. 279 LSC) y te avisa antes del vencimiento.

Cómo funciona Alertas 30/15/5/1 día para acumulación de años sin depositar

  1. 1Das de alta la sociedad con la fecha de aprobación de la junta
  2. 2CuentasListo calcula el plazo de depósito del art. 279 LSC
  3. 3Te envía alertas por email a 30, 15, 5 y 1 día antes del vencimiento
  4. 4Cuando depositas, marca el ejercicio y se detiene el contador

Qué ganas con Alertas 30/15/5/1 día

Preguntas frecuentes

¿Alertas 30/15/5/1 día sirve para acumulación de años sin depositar?
Sí. Avisos por email a 30, 15, 5 y 1 día antes del vencimiento del plazo de depósito, para que no se te pase y el ICAC te sancione. El admin con 2-3 años sin depositar ve crecer la multa del art. 283 LSC por cada año de retraso: 60.000 € base se vuelven 120.000 € o más al acumular.
¿El ICAC me avisa antes de sancionar?
No. La DGRN traslada anualmente la lista de incumplidoras al ICAC, que incoa expedientes sin previo aviso. CuentasListo cubre ese hueco con alertas antes del vencimiento.
¿Con cuánta antelación me avisa CuentasListo?
Te avisa a 30, 15, 5 y 1 día antes del vencimiento del plazo de depósito, para que tengas tiempo de hacer el trámite en la sede del Registro Mercantil.
¿Dejo de recibir alertas cuando ya he depositado?
Sí. Cuando marcas el ejercicio como depositado, CuentasListo detiene el contador y las alertas de esa sociedad, y auto-genera el ciclo del año siguiente.

Otras funciones para acumulación de años sin depositar

Alertas 30/15/5/1 día para otros perfiles