La clínica SL sanitaria prioriza el cumplimiento de la Ley 41/2002 (autonomía del paciente), los plazos colegiales y la auditoría sanitaria; el depósito mercantil del ejercicio pasa inadvertido entre la calidad asistencial y la colegiación. El ICAC no entiende de cumplimiento sanitario y sanciona igual, con multa que merma el margen de la clínica. El flujo en clínicas y sanidad privada es: cierre contable → auditoría sanitaria + colegial → junta socios → depósito telemático en el Registro Mercantil → acuse de recibo.
La extinción de una SL no cierra hasta depositar las cuentas de los últimos ejercicios y la cuenta final de liquidación: el liquidador debe cerrar antes de extinguir.
La extinción de la SL no cierra hasta depositar las cuentas de los últimos ejercicios y la cuenta final de liquidación. El liquidador debe depositar los ejercicios pendientes antes de cancelar los asientos registrales y extinguir la sociedad. La extinción exige depositar las cuentas de los últimos ejercicios y la cuenta final de liquidación. El liquidador debe depositar los ejercicios pendientes antes de cancelar los asientos registrales. Sin historial de los ejercicios pendientes, la liquidación se eterniza. CuentasListo trackea ese plazo de depósito (art. 279 LSC) y te avisa para depositar a tiempo.
La clínica SL sanitaria prioriza el cumplimiento de la Ley 41/2002 (autonomía del paciente), los plazos colegiales y la auditoría sanitaria; el depósito mercantil del ejercicio pasa inadvertido entre la calidad asistencial y la colegiación. El ICAC no entiende de cumplimiento sanitario y sanciona igual, con multa que merma el margen de la clínica.
cierre contable → auditoría sanitaria + colegial → junta socios → depósito telemático en el Registro Mercantil → acuse de recibo
El plazo exacto para depositar las cuentas anuales: 1 mes desde la aprobación de la junta (art. 279 LSC). Si tu ejercicio es natural, deadline suele cerrarse el 30 de julio.
Avisos por email a 30, 15, 5 y 1 día antes del vencimiento del plazo de depósito, para que no se te pase y el ICAC te sancione.
Te decimos cómo depositar las cuentas en la sede del Registro Mercantil: programa D2, certificado digital, certificación de la junta y acuse de recibo.
Estima la multa si te pasas del plazo: 1.200-60.000 € de base, hasta 300.000 € si facturas más de 6 M€ (por año de retraso, art. 283 LSC).
Marca depositado el ejercicio y CuentasListo auto-genera el ciclo del año siguiente con su nuevo plazo, sin que tengas que recrear la sociedad.
Para gestorías: sociedades ilimitadas con su plazo ordenado por urgencia y la multa total en riesgo de toda la cartera.