Si el ICAC incoa expediente por no depositar las cuentas anuales, estos son los pasos.
El ICAC notifica el inicio del expediente sancionador. Tienes 15 días para alegaciones.
Si aún no has depositado, hazlo YA en sede.registradores.org. El depósito tardío puede atenuar la sanción.
En los 15 días de plazo, presenta alegaciones: depósito realizado (si lo has hecho), causas justificadas (si las hay), solicitud de atenuación.
El ICAC resuelve en 6-12 meses. Si te sanciona, puedes recurrir en reposición o contencioso-administrativo.