Guía paso a paso

Cómo calcular el plazo del art. 279 LSC (1 mes desde la junta)

El plazo legal para depositar las cuentas anuales es de 1 mes desde la aprobación por la junta general.

Pasos

  1. 1

    Identifica la fecha de la junta

    La fecha de la junta general que aprobó las cuentas es el punto de partida. El plazo de 1 mes se cuenta desde el día siguiente a la aprobación.

  2. 2

    Calcula la fecha límite

    Suma 1 mes natural a la fecha de la junta. Si cae en fin de semana o festivo, se prorroga al siguiente día hábil. CuentasListo lo calcula automáticamente.

  3. 3

    Verifica el cierre del ejercicio

    El ejercicio social cierra el 30 de julio (o la fecha de tu estatuto). La junta debe aprobar las cuentas dentro de los 6 meses del cierre (art. 164 LSC).

Preguntas frecuentes

¿El plazo es de 30 días o 1 mes?
Es 1 mes natural (no 30 días). Si la junta fue el 15 de junio, el plazo vence el 15 de julio. Si cae en festivo, se prorroga.

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