Tracker del plazo de depósito para administradores suplentes: El plazo exacto para depositar las cuentas anuales: 1 mes desde la aprobación de la junta (art. 279 LSC). Si tu ejercicio es natural, deadline suele cerrarse el 30 de julio. El administrador suplente hereda la responsabilidad del cargo y debe revisar los ejercicios pendientes antes de aceptar, so pena de arrastrar la responsabilidad personal por las omisiones del anterior.
CuentasListo calcula la fecha límite de depósito de las cuentas anuales a partir de la fecha de aprobación de la junta general. El art. 279 de la Ley de Sociedades de Capital fija el plazo en el mes siguiente a esa aprobación, sin excepciones por tamaño o sector. Si el ejercicio coincide con el año natural, la junta aprueba antes del 30 de junio y el depósito vence en torno al 30 de julio. CuentasListo aplica ese plazo a cada sociedad que das de alta y cuenta los días restantes, para que sepas cuándo vence sin mirar el BOE ni el calendario del Registro Mercantil.
El suplente que entra a una sociedad hereda la responsabilidad del cargo y debe revisar los ejercicios pendientes antes de aceptar. Aceptar el cargo sin revisar la herencia de obligaciones arrastra la responsabilidad personal por las omisiones del administrador anterior. El suplente hereda la responsabilidad del cargo y los ejercicios pendientes del administrador anterior. Aceptar el cargo sin revisar arrastra la responsabilidad personal por las omisiones previas. Sin inventario de los años heredados, el suplente acepta un pasivo a ciegas. CuentasListo trackea ese plazo de depósito (art. 279 LSC) y te avisa antes del vencimiento.