La inmobiliaria SL de intermediación cierra las cuentas en marzo y celebra la junta en abril; el depósito vence en mayo, en plena campaña de alquiler de verano, cuando la agencia no tiene hueco para el Registro Mercantil. La cartera de propietarios absorbe al gestor y el depósito de la propia inmobiliaria se queda atrás. El flujo en inmobiliarias es: cierre contable (mar) → junta socios (abr) → depósito telemático en el Registro Mercantil (may) → acuse de recibo.
El administrador suplente hereda la responsabilidad del cargo y debe revisar los ejercicios pendientes antes de aceptar, so pena de arrastrar la responsabilidad personal por las omisiones del anterior.
El suplente que entra a una sociedad hereda la responsabilidad del cargo y debe revisar los ejercicios pendientes antes de aceptar. Aceptar el cargo sin revisar la herencia de obligaciones arrastra la responsabilidad personal por las omisiones del administrador anterior. El suplente hereda la responsabilidad del cargo y los ejercicios pendientes del administrador anterior. Aceptar el cargo sin revisar arrastra la responsabilidad personal por las omisiones previas. Sin inventario de los años heredados, el suplente acepta un pasivo a ciegas. CuentasListo trackea ese plazo de depósito (art. 279 LSC) y te avisa para depositar a tiempo.
La inmobiliaria SL de intermediación cierra las cuentas en marzo y celebra la junta en abril; el depósito vence en mayo, en plena campaña de alquiler de verano, cuando la agencia no tiene hueco para el Registro Mercantil. La cartera de propietarios absorbe al gestor y el depósito de la propia inmobiliaria se queda atrás.
cierre contable (mar) → junta socios (abr) → depósito telemático en el Registro Mercantil (may) → acuse de recibo
El plazo exacto para depositar las cuentas anuales: 1 mes desde la aprobación de la junta (art. 279 LSC). Si tu ejercicio es natural, deadline suele cerrarse el 30 de julio.
Avisos por email a 30, 15, 5 y 1 día antes del vencimiento del plazo de depósito, para que no se te pase y el ICAC te sancione.
Te decimos cómo depositar las cuentas en la sede del Registro Mercantil: programa D2, certificado digital, certificación de la junta y acuse de recibo.
Estima la multa si te pasas del plazo: 1.200-60.000 € de base, hasta 300.000 € si facturas más de 6 M€ (por año de retraso, art. 283 LSC).
Marca depositado el ejercicio y CuentasListo auto-genera el ciclo del año siguiente con su nuevo plazo, sin que tengas que recrear la sociedad.
Para gestorías: sociedades ilimitadas con su plazo ordenado por urgencia y la multa total en riesgo de toda la cartera.