Calculadora de multa ICAC para hostelería y restauración: Estima la multa si te pasas del plazo: 1.200-60.000 € de base, hasta 300.000 € si facturas más de 6 M€ (por año de retraso, art. 283 LSC). La hostelería cierra la temporada en septiembre y la junta se retrasa a octubre: el plazo de depósito vence en noviembre, en plena campaña de Navidad, y se pasa.
CuentasListo estima la multa a la que te expones si depositas las cuentas anuales fuera de plazo. El art. 283 LSC + RD 1558/2016 fijan la horquilla: 1.200-60.000 € según gravedad, hasta 300.000 € cuando la facturación supera los 6 M€, por cada año de retraso. La cifra real depende de la tipificación y del criterio del ICAC, pero CuentasListo te da el rango orientativo para que sepas qué hay en juego antes de dejar pasar el plazo, y empuja a depositar a tiempo al ver el coste real del retraso.
En hostelería y restauración, La hostelería cierra la temporada alta en septiembre y la contabilidad se retrasa al no haber hueco entre servicio y servicio; la junta aprueba las cuentas en octubre y el plazo del art. 279 LSC vence en noviembre, en plena campaña de Navidad, cuando el responsable no tiene hueco para el Registro Mercantil. El ICAC incoa expediente cuando el local prepara las reservas de fin de año. El flujo del sector es cierre temporada (sep) → contabilidad post-temporada → junta socios (oct) → depósito telemático (nov, campaña Navidad) → acuse de recibo. Con CuentasListo, horquilla de multa orientativa del art. 283 lsc, no un número genérico.
cierre temporada (sep) → contabilidad post-temporada → junta socios (oct) → depósito telemático (nov, campaña Navidad) → acuse de recibo. CuentasListo inserta calculadora de multa icac en ese flujo: