La academia o centro de formación SL cierra el ejercicio con el curso escolar en junio; la junta se celebra en septiembre tras las vacaciones y el plazo del art. 279 LSC vence en octubre, en pleno inicio del nuevo curso. El director no tiene hueco para el Registro Mercantil entre matrículas, contratación de profesores y apertura. El flujo en educación y formación es: cierre curso escolar (jun) → junta socios (sep, tras vacaciones) → depósito telemático (oct, inicio nuevo curso) → acuse de recibo.
El bloqueo del Registro impide ampliar capital o cambiar administrador hasta depositar los años atrasados: el admin no sabe cuántos ni en qué orden desbloquear.
El bloqueo del Registro impide ampliar capital, cambiar administrador o inscribir actos hasta depositar los años atrasados. El admin bloqueado no sabe cuántos años debe depositar ni en qué orden para desbloquear la sociedad. El bloqueo del Registro paraliza ampliaciones de capital y cambios de administrador. El admin bloqueado no sabe cuántos años debe depositar para desbloquear la sociedad. Un historial ordenado por ejercicio permite presentar los depósitos atrasados en orden y desbloquear. CuentasListo trackea ese plazo de depósito (art. 279 LSC) y te avisa para depositar a tiempo.
La academia o centro de formación SL cierra el ejercicio con el curso escolar en junio; la junta se celebra en septiembre tras las vacaciones y el plazo del art. 279 LSC vence en octubre, en pleno inicio del nuevo curso. El director no tiene hueco para el Registro Mercantil entre matrículas, contratación de profesores y apertura.
cierre curso escolar (jun) → junta socios (sep, tras vacaciones) → depósito telemático (oct, inicio nuevo curso) → acuse de recibo
El plazo exacto para depositar las cuentas anuales: 1 mes desde la aprobación de la junta (art. 279 LSC). Si tu ejercicio es natural, deadline suele cerrarse el 30 de julio.
Avisos por email a 30, 15, 5 y 1 día antes del vencimiento del plazo de depósito, para que no se te pase y el ICAC te sancione.
Te decimos cómo depositar las cuentas en la sede del Registro Mercantil: programa D2, certificado digital, certificación de la junta y acuse de recibo.
Estima la multa si te pasas del plazo: 1.200-60.000 € de base, hasta 300.000 € si facturas más de 6 M€ (por año de retraso, art. 283 LSC).
Marca depositado el ejercicio y CuentasListo auto-genera el ciclo del año siguiente con su nuevo plazo, sin que tengas que recrear la sociedad.
Para gestorías: sociedades ilimitadas con su plazo ordenado por urgencia y la multa total en riesgo de toda la cartera.