La consultoría y la asesoría facturan por proyecto y cierran el ejercicio con meses de retraso respecto al año natural: la junta que aprueba las cuentas llega tarde y el depósito del ejercicio anterior se acumula con el del siguiente. El socio que lleva la sociedad no tiene bandwidth para seguir el plazo del Registro Mercantil entre cliente y cliente. El flujo en consultorías y asesorías es: cierre contable del ejercicio → aprobación de cuentas por la junta socios → depósito telemático en el Registro Mercantil (programa D2 + certificado) → acuse de recibo.
El emprendedor que acaba de constituir su primera SL desconoce la obligación de depositar cuentas anuales: el primer año la junta y el depósito pasan inadvertidos y el ICAC sanciona.
El emprendedor que acaba de constituir su SL desconoce que debe depositar las cuentas anuales en el mes siguiente a la junta. El primer año la junta y el depósito pasan inadvertidos entre la puesta en marcha, los clientes y la operación. La SL recién constituida debe depositar cuentas anuales igual que una veterana (art. 279 LSC). El primer año la junta y el depósito pasan inadvertidos entre la puesta en marcha. El ICAC sanciona a la primera SL igual que a una consolidada, sin periodo de gracia. CuentasListo trackea ese plazo de depósito (art. 279 LSC) y te avisa para depositar a tiempo.
La consultoría y la asesoría facturan por proyecto y cierran el ejercicio con meses de retraso respecto al año natural: la junta que aprueba las cuentas llega tarde y el depósito del ejercicio anterior se acumula con el del siguiente. El socio que lleva la sociedad no tiene bandwidth para seguir el plazo del Registro Mercantil entre cliente y cliente.
cierre contable del ejercicio → aprobación de cuentas por la junta socios → depósito telemático en el Registro Mercantil (programa D2 + certificado) → acuse de recibo
El plazo exacto para depositar las cuentas anuales: 1 mes desde la aprobación de la junta (art. 279 LSC). Si tu ejercicio es natural, deadline suele cerrarse el 30 de julio.
Avisos por email a 30, 15, 5 y 1 día antes del vencimiento del plazo de depósito, para que no se te pase y el ICAC te sancione.
Te decimos cómo depositar las cuentas en la sede del Registro Mercantil: programa D2, certificado digital, certificación de la junta y acuse de recibo.
Estima la multa si te pasas del plazo: 1.200-60.000 € de base, hasta 300.000 € si facturas más de 6 M€ (por año de retraso, art. 283 LSC).
Marca depositado el ejercicio y CuentasListo auto-genera el ciclo del año siguiente con su nuevo plazo, sin que tengas que recrear la sociedad.
Para gestorías: sociedades ilimitadas con su plazo ordenado por urgencia y la multa total en riesgo de toda la cartera.