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Depósito de cuentas anuales04 de julio de 2026· 4 min de lectura

Cuentas anuales en sociedad sin actividad: la obligación de depositar sigue

Una SL sin actividad cree que no debe depositar cuentas y el art. 279 LSC le obliga igual, con plazo y multa. Te explicamos por qué y qué riesgo corres.

La obligación no depende de la actividad

El art. 279 LSC obliga a toda sociedad de capital a depositar las cuentas anuales en el mes siguiente a la aprobación por la junta, independientemente de que tenga o no actividad. Una SL inactiva o "dormida" sigue obligada.

¿Por qué una sociedad inactiva debe depositar cuentas?

  • El Registro Mercantil y el ICAC no distinguen entre sociedad activa e inactiva.
  • La DGRN traslada la lista anual de incumplidoras sin filtrar por actividad.
  • La finalidad del depósito es la publicidad registral de la situación patrimonial, que importa aunque no haya operación.

El riesgo de la sociedad inactiva

El ICAC sanciona a la SL inactiva con la misma multa que a una operativa (1.200-60.000 €, hasta 300.000 € >6 M€). Además:

  • El bloqueo del Registro impide reactivar la SL (cambiar administrador, ampliar capital) hasta depositar los años atrasados.
  • La multa merma una caja que ya no ingresa, lo que puede forzar la disolución.

¿Qué cuentas deposita una sociedad inactiva?

Unas cuentas simplificadas: balance de situación sin ingresos (sólo el capital social y la caja), memoria explicando la inactividad y cuenta de pérdidas y ganancias en cero. Tu gestor las elabora en una hora.

Conclusión

La SL sin actividad debe depositar cuentas igual que una operativa. Si acumula años, el bloqueo impide reactivarla. CuentasListo trackea el plazo para que la sociedad inactiva no acumule multas.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para depositar las cuentas anuales?

1 mes desde la aprobación por la junta general (art. 279 LSC). Pasado ese plazo no se admite el depósito sin causas justificadas.

¿Qué multa hay por no depositar las cuentas?

1.200 a 60.000€ (art. 283 LSC); hasta 300.000€ si el activo total supera 6 millones de euros.

¿Quién incoa el expediente sancionador?

El ICAC (Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas), de oficio, a partir del cierre del ejercicio.

¿Es responsabilidad personal del administrador?

Sí, el administrador responde solidariamente de la multa si no depositó las cuentas pudiendo hacerlo.

¿Dónde se depositan las cuentas anuales?

En el Registro Mercantil correspondiente al domicilio social, vía telemática en sede.registradores.org (programa D2).

El depósito, ¿se puede hacer en cualquier momento?

No, hay un plazo legal (1 mes desde la junta). Fuera de plazo el depósito solo se admite si persiste la obligación y puede agravar la sanción.

Referencias y autoridades

CB
CuentasListo Legal
Equipo legal de CuentasListo

¿Te llega el expediente del ICAC?

Trackea el plazo legal de depósito del art. 279 LSC y calcula la multa del ICAC antes de que venza. Sin gestoría recurrente.

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